Médicos y centros salud dirimirán en justicia “trabas” de la Seguridad Social

Santo Domingo.- El Colegio Médico Dominicano (CMD) y la Asociación Nacional de Clínicas y Hospitales Privados (Andeclip) elevarán ante el Tribunal Constitucional un Recurso de Amparo para que declaren inconstitucionales diferentes aspectos del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), que califican de “trabas” contra prestadores y afiliados, y que sólo benefician al sector financiero.

Además, sometieron junto a las sociedades médicas especializadas un recurso ante el Tribunal Superior Administrativo para que declare ilegal la resolución emitida recientemente por el Ministerio de Salud que tipifica faltas y sanciones a centros y personal de salud por muertes maternas o infantiles evitables, tras entender que con esa resolución se busca intimidar al personal de salud, ya que existen leyes regulatorias al respecto.

Esas y otras revelaciones sobre el sistema de salud dominicano fueron hechas por los presidentes del CMD y Andeclip, Wilson Roa y Rafael Mena, respectivamente, así como por los dirigentes Santos Ramírez, Julio Landrón y Luis Díaz, durante su participación en el Desayuno de Listín Diario, encabezado por su director, Miguel Franjul.

Explicaron que pedirán declarar inconstitucional el Plan de Servicios de Salud (PDSS) que define el catálogo de prestaciones del Seguro Familiar de Salud (SFS), ya que desde su inicio es violatorio a lo establecido en la Ley 87-01 de Seguridad Social, que concebía un Plan Básico de Salud. El PDSS, aseguran, se creó en el 2007 de una manera transitoria, por un año, pero que aún se mantiene, dejando de lado el derecho a la salud.

Otra de las “fallas” del SDSS que pedirán sean enfrentadas es el papel preponderante que entienden se les da a las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS), ya que actualmente son las que definen el empleo médico privado; las que certifican los procedimientos clínicos y el tratamiento medicamentoso a aplicar al paciente afiliado.

Dijeron que las ARS  tampoco hacen las adecuaciones y revisiones a las tarifas y honorarios médicos, pese a que han recibido 10 ajustes de la cápita desde que inició el sistema y que lo mismo ocurre con los centros de salud que pese a que la ley establece la indexación acorde al índice de inflación acumulada establecido por el Banco Central, eso nunca se ha hecho tomando eso como base.

Señalaron que el principio de la libre elección también se ha violentado, porque el afiliado está obligado a acudir a los prestadores que las ARS decidan, y que además mientras niegan cobertura al aseguramiento básico, han creado planes complementarios, cuyos costos elevan cada año, sin que la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) actúe al respecto.

Criticaron que el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) se mantiene de espaldas a la problemática del PDSS, a pesar de que 90% de los afiliados tiene plan básico y que sólo 10% tiene contratados planes complementarios.

Otras de las violaciones, señaladas, es que la legislación establece que los pagos de las facturas presentadas por servicios prestados a los afiliados se hagan en un período de 10 días, pero que se hacen entre 60 y 90 días después de presentada la factura.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

uno × 1 =