La intervención de teléfonos en caso Odebrecht se extendió a Chú y Genao

Ante la falta de pruebas para incluir a Jesús (Chú) Vásquez en el caso de los sobornos de Odebrecht, el procurador general Jean Rodríguez “basado en hechos falsos” dispuso interceptar comunicaciones, incluidas las del exsenador del Partido Revolucionario Moderno (PRM), y el exdiputado reformista Ramón Rogelio Genao, reveló ayer la defensa técnica del hoy imputado.

Informó que el 13 de abril del 2018 cuando Chú aún no estaba individualizado como imputado ni su nombre figuraba por ningún lado relacionado con los sobornos, el procurador solicitó al juez de la instrucción especial Francisco Ortega, autorización para esas interceptaciones.

Indicó que el argumento del procurador fue que la vía electrónica era utilizada por los dos exlegisladores y los otros 14 imputados en el caso Odebrecht, para coordinar las transferencia de los sobornos.

“En su instancias a su Señoría, el procurador general, que es quien la firma, dice que cada día surgen nuevas evidencias del caso Odebrecht por lo que el Ministerio Público con el auxilio de la cooperación jurídica internacional en materia penal y autoridades policiales, mediante la inteligencia electrónica, monitoreo electrónico y otras fuentes de información había confirmado que todos los imputados, y cita por sus nombres, utilizaron la vía electrónica, el teléfono celular, para coordinar las transferencias electrónicas de dinero”, dijo Jorge López Hilario.

Agregó que esa fue la primera vez que Chú salió a relucir en el caso, ya que ninguno de los delatores en Brasil lo menciona, ni tampoco figura en los documentos que en el idioma Portugués aportó el Ministerio Público como prueba en su contra.

“Eso es una perversidad, porque Jesús Vásquez Martínez mediante todas las pruebas que ellos (MP) obtuvieron, no refleja una sola transferencia; eso es falso, eso equivale a un fraude procesal desde el punto de vista jurídico”, dijo Hilario.

¿El tiro por la culata? Resaltó que después de solicitar al juez la medida “sobre unos presupuestos inciertos y gravosos” que demuestran la debilidad de su acusación, el MP no aportó prueba alguna al respecto.
Afirmó que no lo hizo porque no encontró nada y si encontró, no le convenían.

“Si el órgano acusador no cumplió con la resolución número 04-18 mediante la cual el juez Ortega le autorizó la interceptación , fue porque no la consideró necesaria; si lo hizo y no aportó pruebas, es bastante lógico que no le convenía el resultado o resultó que no obtuvo ningún resultado incriminatorio para fundamentar o justificar su teoría del caso”, dijo la defensa.

Agregó que eso demuestra además que el Ministerio Público no fue objetivo en su investigación “y que tenía acostumbrado acudir al juez control en esa etapa de investigación a solicitar medidas para luego no acatarlas (como con la 073 que le ordenó interrogar a los delatores) y eso, evidentemente que viola los principios previamente enarbolados por esta defensa”.

MP cambió la historia. Luis Polanco, López Hilario y Manuel Conde, presentaron al juez delaciones premiadas de Brasil en el idioma Portugués y traducidas al español por el Ministerio Público, para demostrar que no es cierto que ningún delator haya dicho que el expresidente del Senado influyó para la aprobación del proyecto de la Hidroeléctrica Pinalito, como afirma el Ministerio Público.

Mostró que en el documento en Portugués, la parte de las declaraciones de Marcos Vasconcelos Cruz supuestamente comprometen la responsabilidad de Chú en el apartado número 2, según la versión en español, no aparece, está lleno de muchísimas tachaduras y su nombre no aparece en ninguna de sus páginas.

Pinalito la aprobaron todos. La defensa de Chú presentó certificación, acta y vídeo de la sesión donde el proyecto Pinalito fue aprobado a unanimidad por los 27 senadores presentes, incluido Vásquez, y de que antes de llegar ahí se cumplió con todas las formalidades legales.

“En el Congreso Nacional se leyó el informe emitido por la comisión especial designada, incluyendo los estudios de factibilidad, lo que tiene una importancia cardinal en el Derecho Administrativo y en la presunción de que la decisión, además de presumirse legal, válida, también se encuentra motivada”, resaltó la defensa.

Informes. Dentro de sus pruebas a descargo presentó además al juez el estudio de factibilidad emitido por la JICA en 1984, y el acuerdo que se realizó el 30 de agosto del 2002 por una agencia de los Estados Unidos sobre el proyecto, dirigido a la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE)

“Con esas evidencias queda claro que ese proyecto cumplió con todas y cada una de las formalidades que prevé la Constitución y la Ley para su aprobación”, afirmó la defensa.

Acusar por acusar. Cuestionó al MP porque, teniendo las condiciones, no tomó en cuenta si el delito de soborno que le atribuye a Vásquez por Pinalito es pluripersonal, ya que en la sesión donde se aprobó, habían 27 senadores que levantaron la mano en señal de aprobación.

La defensa señaló que sobre ese particular la doctrina dice que “Los tipos pluripersonales a diferencia de lo que ocurre en la mayor parte de las figuras delictivas, no pueden ser cometidos por una persona que actúa sola…. “, y afirmó que ese es el caso de Chú..

“Jesús Vásquez, aunque quisiera, no tenía la facultad, la posibilidad de él, por sí solo y a su discreción, aprobar ese proyecto, y el MP no ha desarrollado la teoría alternativa de que este a su vez sobornara a otros, porque ya ahí sería una cosa distinta”.

Loyda Peña, Hoy

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